Política de Seguridad Digital y Seguridad de la Información

Adoptada mediante la Resolución No. 244 del 29 de julio de 2026. Establece los lineamientos, directrices y responsabilidades para proteger la información, los sistemas y la infraestructura tecnológica de EMPODUITAMA S.A. E.S.P.

1. Objeto

La política establece los lineamientos, directrices y responsabilidades para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI) en EMPODUITAMA S.A. E.S.P.

Su finalidad es prevenir y mitigar los riesgos frente a amenazas cibernéticas y vulnerabilidades tecnológicas que puedan afectar la prestación de los servicios públicos domiciliarios y la información de los usuarios.

2. A quién aplica

Sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento para todas las personas que accedan, administren o utilicen los activos de información, sistemas, redes e infraestructura tecnológica de la entidad:

  • Servidores públicos y trabajadores oficiales.
  • Contratistas y proveedores.
  • Practicantes.
  • Terceros con acceso a los recursos tecnológicos de la entidad.

3. Principios que rigen la seguridad de la información

  • Confidencialidad. La información es accesible únicamente por las personas autorizadas.
  • Integridad. Se salvaguarda la exactitud y completitud de la información y de los métodos de procesamiento.
  • Disponibilidad. Los usuarios autorizados acceden a la información y a los activos asociados cuando lo requieren.
  • Gestión de riesgos. Identificación y tratamiento continuo de los riesgos de seguridad digital.

4. Responsables

La implementación, seguimiento y mejora continua están a cargo de la Oficina de Sistemas e Informática como líder tecnológico, en articulación con la Oficina Asesora de Planeación y el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Todo usuario es responsable de cumplir las directrices de uso aceptable de los recursos tecnológicos, reportar incidentes y proteger sus credenciales de acceso.

5. Reporte y atención de incidentes

La gestión, el reporte y la respuesta ante incidentes de seguridad de la información y ciberseguridad se atienden con el procedimiento institucional P-TIC-06, con el fin de minimizar el impacto y restaurar la operación normal de los servicios en el menor tiempo posible.

Los incidentes se reportan a la Oficina de Sistemas e Informática al correo [email protected] o por los canales publicados en la página de contacto.

7. Relación con la protección de datos personales

Esta política protege la información y la infraestructura tecnológica de la entidad en su conjunto. El tratamiento de datos personales —finalidades, derechos de los titulares y canales para ejercerlos— se rige por la Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales, adoptada por la Resolución 411 de 2025.

Ambas políticas son complementarias y de aplicación simultánea.

8. Marco normativo

  • Constitución Política de Colombia, artículos 15 y 20.
  • Ley 142 de 1994 — régimen de los servicios públicos domiciliarios.
  • Decreto 1083 de 2015 — Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
  • Decreto 767 de 2022 — Política de Gobierno Digital.
  • CONPES 3854 de 2016 — Política Nacional de Seguridad Digital.
  • CONPES 3995 de 2020 — Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital.
  • Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI) del Ministerio TIC.

9. Vigencia

La Resolución No. 244 del 29 de julio de 2026 rige a partir de su publicación en la página electrónica de la entidad y deroga todas las disposiciones internas que le sean contrarias.

Acto de adopción
Resolución 244 de 2026
Fecha de expedición
29 de julio de 2026
Dependencia responsable
Oficina de Sistemas e Informática

Consulta el documento completo

Para conocer el detalle de la Política de Seguridad Digital y Seguridad de la Información, consulta la Resolución No. 244 del 29 de julio de 2026.

Ver la Resolución 244

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